I.
DEFINICIÓN
"La alianza matrimonial, por
la que el varón y la mujer constituyen entre sí un consorcio de toda la vida,
ordenado por su misma índole natural al bien de los cónyuges y a la generación
y educación de la prole, fue elevada por Cristo Nuestro Señor a la dignidad de
sacramento entre bautizados".
II.
SUJETO QUE LO RECIBE
Los protagonistas de la alianza matrimonial son un hombre y una
mujer bautizados, libres para contraer el matrimonio y que expresan libremente
su consentimiento. "Ser libre" quiere decir:
— no obrar por coacción;
— no estar impedido por una ley natural o eclesiástica.
III.
MINISTRO
ORDINARIO
Los mismos cónyuges.
IV.
TESTIGO
CUALIFICADO
El obispo, presbítero o el diácono
que asiste a la celebración del matrimonio, recibe el consentimiento de los
esposos en nombre de la Iglesia y da la bendición de la Iglesia.
V.
MATERIA
La materia de este sacramento es el
amor existente entre los contrayentes, que se manifiesta mediante la unión de
manos al momento de emitir la forma.
VI.
FORMA
La Iglesia exige ordinariamente
para sus fieles la forma
eclesiástica de la
celebración del matrimonio. Yo N___________ te acepto a ti N _____________ como
mi esposa y…
VII.
EFECTOS DEL SACRAMENTO
Se crea un vínculo perpetuo e
indisoluble.
Nace una institución estable por
ordenación divina, también ante la sociedad.
Felicidad de la donación recíproca.
Se abre a la posibilidad a la
fecundidad.
VIII.
ALGUNAS OBSERVACIONES
Contraer un nuevo matrimonio por
parte de los divorciados mientras viven sus cónyuges legítimos contradice el
plan y la ley de Dios enseñados por Cristo. Los que viven en esta situación no
están separados de la Iglesia pero no pueden acceder a la comunión eucarística.
Pueden vivir su vida cristiana sobre todo educando a sus hijos en la fe.
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